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El Paradigma de la Nueva Gestión Pública

El Paradigma que orienta la prestación de nuestros servicios es el de la "Nueva Gestión Pública" (NGP), respecto al cual existe innumerable y abundante información en la red.

En éste Post no pretendemos teorizar ni realizar análisis doctrinales de dicho Paradigma, sino efectuar una presentación sencilla y fácil de entender, y de ésta manera contribuir a su implementación. 

Se habla de una "Nueva Gestión Pública" en oposición de una concepción de "Gestión Pública Tradicional", y consideramos que la mejor manera de comprenderla, es a través de la siguiente infografía.


NUESTROS SERVICIOS

Nuestros servicios se encuentran dirigidos a las Entidades del Sector Público, Organizaciones No Gubernamentales y Cooperación Técnica Internacional que trabajan temas de Gestión Pública, así como a las Organizaciones de la Sociedad Civil.


Contamos con Equipos de Profesionales y Colaboradores, diversos y multidisciplinarios, con experticia en gestión y gerencia pública, aplicamos en cada una de nuestras intervenciones, técnicas y métodos que respondan a las demandas de nuestros Clientes. 

Nuestras líneas de acción comprenden:



Certificación PMP como requisito para Residente y Supervisor de Obras Públicas.


Un Colaborador de nuestro TEAM de Trabajo solicitó algunas sugerencias para presentar alguna propuesta para el próximo Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Entre las diversas propuestas que iban surgiendo, llamó la atención una en particular: Debería incluirse como requisito para los Residentes y Supervisores de Obras, la certificación como PMP, a efectos de "garantizar" la adecuada ejecución del Proyecto de Inversión Pública?. 

PMP (Project Management Profesional) es una Certificación que otorga el PMI (Project Management Institute) y que acredita a profesionales en dirección de proyectos complejos con varios años de experiencia; para mayor información, recomendamos visitar https://americalatina.pmi.org y http://www.pmi.org.pe

Surgieron posiciones a favor y en contra, cada una con argumentos válidos. 

El principal argumento a favor, sostenía que la Certificación como PMP otorgaba una mayor credibilidad profesional, y que dada las exigencias para obtener dicha certificación, garantizaría que los recursos estatales serían optimizados, reduciendo los riesgos de Proyectos paralizados, inconclusos, sobre dimensionados, mal ejecutados, y los sinfín de problemas que resultan en procesos arbitrales, en su mayoría con resultados desfavorables para el Estado.   

El principal argumento en contra, sostenía que de considerarse la exigencia de la certificación PMP, la misma sería contraria al Principio de Libre Concurrencia y Competencia, ya que a nivel nacional - mas o menos - existen algo de 1000 profesionales certificados; y a ésto se le agrega que el estándar de gestión de proyectos del PMI, no se encuentra recogida en la legislación nacional.

Finalmente surgió una tercera opción, que sostenía que sin necesidad de estar incorporada en la normatividad, la certificación PMP puede ser contemplada en las Bases Administrativas, como un criterio de calificación del personal propuesto, y que no contraviene el Principio de Libre Concurrencia y Competencia, ya que si existe pluralidad de profesionales certificados, aun cuando se considere reducida la cantidad de los mismos.  

Sobre el particular no hubo consenso, sin embargo fue gratificante ese momento de reflexión. 
 
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